Skip to content
✆ 96 392 64 26     ✉ aktion@aktionlegal.com
photo credit: ...-Wink-... via photopin cc
photo credit: …-Wink-… via photopin cc

Comienzo con este una serie de posts dedicada al enforcement de los pactos de socios, así que empezaré por el principio, definiendo el concepto.

Con el enforcement de los pactos de socios nos referimos a los mecanismos orientados a asegurar o facilitar su cumplimiento. Ya hemos contado (aquí) que los pactos parasociales sufren alguna debilidad como la inoponiblidad a la sociedad, y hemos hablado también de que el recurso a los tribunales para forzar al cumplimiento a un socio incumplidor no suele ser una solución efectiva dada la lentitud que caracteriza a nuestro sistema judicial.

Desde que existen los pactos de socios existe esta preocupación y, consecuentemente, la disciplina del enforcement se viene abordando con intensidad, de tal forma que son numerosos los mecanismos que se han ido diseñando para obtener ese «reforzamiento» de los pactos de socios.

El enforcement persigue disuadir al potencial incumplidor (en principio, cualquier firmante del pacto) de la «tentación» del incumplimiento, fundamentalmente aparejándole consecuencias que lo hagan indeseable o anti económico. Para ello se pueden utilizar cauces puramente societarios o contractuales; en los posts que seguirán a este me centraré en estos últimos, pues entiendo que son los más eficaces.

Esta entrada tiene 0 comentarios

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Volver arriba