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Firmó una cláusula antidilución y no te imaginas lo que pasó.

photo credit: Joe Dyer SplashArt Pic via photopin (license)

Hay cláusulas del pacto de socios con una especial tendencia a despertar el dogmatismo. Ya sabes, cosas como: ¡si firmas una cláusula antidilución estás muerto!

Los abogados (esa especie infrahumana a la que pertenezco) solemos tener una visión relativista de las cosas, y nos producen urticaria las verdades absolutas, porque la verdad cambia en función del contexto, lleno de circunstancias variables.

Por eso no me he resistido al clickbait en el titular; ya te advierto que era sarcástico.

¿Qué es la cláusula antidilución?

La cláusula antidilución le sirve al inversor para minimizar (o incluso anular) la pérdida de valor que le produciría la dilución de una ronda a la baja. Para no hacer el post más largo obviaré disquisiciones sobre la dilución buena y la dilución mala, pero si quieres una buena explicación, la encontrarás en este post de un financiero que sabe de lo que habla.

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Tres reglas para tener éxito en tu ronda de inversión

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Si has empezado a leer este post probablemente ya sabes que las startups suelen requerir  inversión privada para financiarse. En los momentos iniciales del proyecto, cuando se obtiene inversión de FFF o de algún business angel “muy seed”,  es frecuente que la inversión se produzca de una manera bastante informal, resolviéndose con varias charlas en las que se expone el proyecto con más o  menos profundidad y se consigue  o bien “enamoramiento” o bien la simple intención de ayudar.

Sin embargo, cuando llegamos al punto en que el proyecto ya ha demostrado cierta tracción o métricas atractivas y la inversión necesaria para continuar su evolución es mayor, la startup inicia lo que se denomina “ronda de inversión”, dirigiéndose a inversores que suelen actuar con criterios más profesionalizados.

En este punto es donde cobra verdadera importancia que la startup, o su CEO, conozca las reglas básicas del juego para que el proceso se culmine con éxito.

Vamos a comentar algunas de ellas, que iremos ampliando en sucesivos posts.

REGLA 1: Si vas a hablar con inversores, aprende su idioma.

No es que los inversores hablen klingon, pero sí manejan ciertos términos con los que debes estar familiarizado y has de manejar con soltura.

Si negocias el importe que van a  invertir, debes tener muy claro qué es el premoney (valoración de la sociedad previa a la inversión) y el postmoney (valoración sumando el importe de la inversión), porque de ello va a depender el porcentaje de participación que adquirirán con su inversión.

Si te dicen que les gusta el proyecto y que les gustaría firmar un term sheet para seguir avanzando, debes saber que en ese documento, y a pesar de que  normalmente no tiene carácter  vinculante, quedarán ya definidos extremos importantes como el importe a invertir, la valoración, la forma en que se realizará la inversión y los derechos que, en su caso, se le reconocerán al inversor. Es un documento importante y hay que confeccionarlo con detenimiento.

Si te hablan de invertir con una convertible note, debes saber que se están refiriendo a un préstamo convertible en capital, en el que jugarán un papel determinante los acuerdos que se alcancen sobre descuento en la valoración  y cap. Si quieres profundizar algo más sobre ello, echa un vistazo a este post.

Hay otros términos y, como te decía al principio, próximamente los seguiremos repasando, pero ahora vamos a por la siguiente regla.

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Drag along en el pacto de socios: ¿El que paga manda?

cara b 150x150El pacto de socios de una startup es un documento complejo con el que se pretende regular la relación entre socios y equilibrar los distintos intereses en juego. La entrada de inversores en la compañía es el momento en que más claramente se pone de manifiesto su necesidad; por un lado los fundadores desean no perder el control sobre la sociedad y, por otro, los inversores aspiran a obtener derechos que garanticen en la mayor medida posible la rentabilidad de su arriesgada inversión.

En ese juego de intereses, cada cláusula de las habituales en este documento admite distintas formulaciones; en unos casos más suaves o benevolentes hacia los fundadores y en otros más exigentes.

Pero si hay una cláusula cuyo sentido puede variar drásticamente en función de cómo se plantee, es sin duda la que regula el derecho de arrastre, o drag along.

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El pacto de socios previo a la constitución de sociedad

photo credit: CraigTaylor74 via photopin cc
photo credit: CraigTaylor74 via photopin cc

Cuando hablamos de pactos de socios o pactos parasociales, por definición, nos referimos a los acuerdos que los ya socios adoptan al margen de los estatutos de la sociedad, complementándolos o modificándolos. Sin embargo, nada impide que gran parte del contenido de tales pactos se anticipe al momento en que nazca la sociedad, con lo que denominaríamos un pacto de socios futuros o un pacto de socios previo a la constitución de la sociedad.

 

¿Qué utilidad tiene firmar el pacto antes de constituir la sociedad?

Lo cierto es que en muchas ocasiones los proyectos emprendedores se ponen en marcha de una manera bastante informal y con una base económica casi inexistente; es frecuente que los fundadores comiencen a trabajar antes de tener soporte societario alguno.

Hablamos de procesos en que la idea inicial es seguida de manera muy rápida por la puesta en marcha de desarrollos de software, diseños, registros de dominios, labores comerciales, etc.

Lo anterior, desde un punto de vista jurídico, tiene más trascendencia de la aparente: implica que se está creando una propiedad intelectual, que se está registrando una identidad empresarial, que se está poniendo en común una información de valor comercial, etc. y todo lo anterior sin que se haya definido en modo alguno a quién pertenece o en qué proporción.

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Las cosas que de verdad importan en tu pacto de socios

photo credit: jonny goldstein via photopin cc
photo credit: jonny goldstein via photopin cc

Cuando un emprendedor consigue despertar el interés de inversores, y finalmente recibe una propuesta de inversión que pasa por la toma de participación en su startup, la primera sensación que le inunda es la de una gran satisfacción; y es comprensible, porque al fin y al cabo una propuesta así significa normalmente el primer reconocimiento hacia un proyecto que le ha costado enormes esfuerzos llevar adelante, con una dedicación intensa y sin compensación económica alguna o muy escasa. Además, la inversión supondrá un espaldarazo económico que insuflará gasolina para acelerar el proyecto y abordar los siguientes objetivos del plan de negocio.

Tras ese momento inicial casi de euforia, la siguiente reflexión -ya más meditada-, será la de los términos en que se va a producir la toma de participación. Esos términos vendrán plasmados en el pacto de socios propuesto por el inversor (normalmente anticipados en un Term Sheet o carta de intenciones), y aquí comenzarán las dudas, en algunos casos las suspicacias y, siempre, la sensación de que nos enfrentamos a una cuestión compleja y difícil de controlar en todas sus vertientes.

Las bases de un buen acuerdo

Es cierto que la cuestión no es precisamente sencilla, porque un pacto de socios debe regular las relaciones entre los emprendedores y el inversor de tal manera que el proyecto no se vea comprometido por un planteamiento erróneo de la relación y, asimismo, que permita su crecimiento bajo la premisa de la confianza en el liderazgo de los emprendedores.

Sin embargo, en ocasiones el emprendedor gasta muchas energías en la negociación o defensa de cuestiones cuya importancia es cuanto menos relativa y al mismo tiempo se le escapan puntos con trascendencia indiscutible. Esto suele ocurrir porque no se le ha explicado cabalmente el verdadero alcance de determinado acuerdo o bien porque simplemente desenfoca su objetivo.

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