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photo credit: 401(K) 2013 via photopin cc
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El Ministerio de Economía prepara dos normas para solventar los perjuicios que a efectos recaudatorios le está suponiendo el retraso en la publicación de la reforma concursal. Pretende que el Fisco cobre el IVA antes de que entre en vigor la Reforma (previsiblemente en enero). Y por otro lado pretende cumplir con las exigencias europeas respecto al refuerzo de las refinanciaciones.

La reforma concursal lleva casi dos años de retraso. Si no hay adelanto electoral, el Proyecto, que se reactivó recientemente, estará en el Senado en septiembre y entrará en vigor el 1 de enero de 2012. El Ministerio de Economía ultima con Justicia dos Decretos para tapar los agujeros que ocasiona la dilación durante lo que queda de año. El primer objetivo es que Hacienda pueda cobrar el IVA en los concursos, un derecho que los jueces le han quitado este año y que le supone pérdidas cuantiosas. Y que está produciendo un efecto llamada en los concursos porque la reforma concursal aclara que el Fisco debe cobrar primero.

El auto del Juzgado Mercantil 1 de Granada ofreció un respiro a las promotoras inmobiliarias en concurso, como es el caso de Noriega, Nozar o Martinsa Fadesa, a las entidades bancarias y a las personas que invirtieron en el proyecto. La Justicia encontraba así fórmulas para inyectar liquidez en los procesos concursales.

El Juzgado de lo Mercantil 1 de Granada resolvió una parte importante de los problemas de financiación que tienen todas las partes implicadas en un concurso: las compañías, los bancos y los inversores particulares. El auto (concurso nº 49/2007, auto de 25 de octubre de 2010) se posiciona con rotundidad a favor de la repercusión del IVA cuando en una ejecución hipotecaria, incluso en una primera venta directa de bienes de una promotora concursada, se adjudican bienes de la misma, lo que tiene importantes consecuencias.

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