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photo credit: joxepo. via photopin cc
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Puede afirmarse que la cláusula drag along no falta en ningún pacto de socios de startups. Ello es así porque esta cláusula es una de las «facilitadoras» de la salida de los socios inversores (entendiendo que hablamos de salida con rentabilidad, que es el objetivo principal del socio inversor). Consecuentemente, los socios inversores exigirán (y ello es razonable) su inclusión en el pacto de socios.

Su explicación es sencilla: cuando un tercero realiza una oferta de adquisición del total de las participaciones de la sociedad, el socio que goza del derecho de arrastre puede obligar al resto a que transmitan junto a él sus participaciones para poder culminar esa operación.

A partir de tan sencilla explicación, la cláusula puede complicarse en su formulación con el fin de dejar debidamente salvaguardados los distintos intereses en juego. Así, pueden ser tenidos en cuenta diversos factores que terminarán configurando la cláusula de maneras distintas según se articulen, como por ejemplo los siguientes:

– establecimiento de un periodo limitado o indefinido de vigencia de la cláusula.

– establecimiento de un precio mínimo respecto a la oferta de adquisición de participaciones que pueda dar lugar al derecho de arrastre (para evitar maniobras malintencionadas)

– exigencia de que la oferta de adquisición formulada por el tercero cuente con la aprobación de un porcentaje elevado de socios (normalmente el 50%) para que dé lugar al ejercicio del derecho.

Si tu startup va a contar con socios inversores, el derecho de arrastre estará en tu pacto de socios; no hay problema, simplemente se trata de consensuar una articulación de ese derecho que satisfaga adecuadamente las expectativas de rentabilidad de todas las partes.

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