Los concursos sin masa activa: viabilidad y problemas que suscitan
Comparto en este post la colaboración de Alba Tamayo, abogada de GA Estudio Jurídico:
El artículo 176 bis de LCon regula los concursos con masa activa insuficiente para satisfacer los créditos contra la masa. La tipología de esta clase de concursos es la siguiente:
– Concursos en los que pese a haber una masa activa muy superior a los créditos contra la masa, ésta está compuesta o formada por bienes y derechos afectos al pago de créditos privilegiados especiales, créditos que deben pagarse, en relación con el producto de bienes sujetos, con anterioridad al pago de los créditos contra la masa.