La reforma de la Ley Concursal dará mas poder al Administrador Concursal e incentivará las refinanciaciones
Parece que esos dos objetivos van a ser pilares de la reforma.
El primero es tan asumible como aconsejable; el administrador concursal es un órgano auxiliar del juzgado en el procedimiento y debe contar con las facultades necesarias para agilizarlo sin tener que recurrir constantemente a la previa autorización judicial.